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Golpe legal a las hipotecas milagro

El Gobierno se niega a que la crisis de las hipotecas de alto riesgo se reproduzca con la misma intensidad como sucedió en Estados Unidos y Gran Bretaña, y ha dado un duro golpe legal a las entidades que ofrecen estos servicios hipotecarios que prometen la compra de un piso sin muchos requisitos.

Un nuevo proyecto de ley ha llegado a manos del Congreso de los Diputados, el cual, regulará toda la actividad de las entidades de intermediación que no son bancos, pero que prestan estos servicios de contratación de hipotecas y de reunificacion de deudas.

El propósito de este nuevo marco jurídico no es acorralar a las entidades financieras, sino crear un ambiente de garantías financieras que protejan tanto a los usuarios como a los prestatarios de los servicios, debido a que en este ambiente de incertidumbre ambas partes corren grandes riesgos.

Todas estas entidades que están fuera de la regulación del Banco de España deberán inscribirse en un registro público, al tiempo que deberán suscribir un seguro de responsabilidad civil (o aval bancario) que tenga una cobertura ante las eventuales responsabilidades frente a los clientes.

Esta nueva ley obligará a estas empresas financieras a mostrar siempre la Tasa Anual Equivalente (TAE) con un ejemplo claro y real, de manera que no generar confusión en este polémico tema de los intereses, que es la parte que más busca la gente cuando va a contratar una hipoteca.

La información es el principal asunto que regulará esta ley, ya que además la entidad está obligada a darle a los clientes un folleto explicando todas y cada una de las características y gastos que implicará la contratación del producto como los honorarios de las tasaciones y de los servicios preparatorios de la hipoteca, además de datos detallados de la empresa.

Otra de las novedades es que los usuarios tendrán un plazo de 15 días anterior a la firma del contrato para analizar las cláusulas y tomar una decisión de definitiva, si proceden o no a la rúbrica de la hipoteca.

Asimismo, este nuevo marco jurídico señala que no podrán percibir ningua retribución por parte de los clientes, aquellas empresas que trabajen para otras entidades de creditos o empresas financieras. Y sólo podrán cobrar aquellas intermediadoras independientes cuando se haya concretado y acordado el coste de la remuneración mediante un documento firmado.

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